¿Qué es la Cláusula de Competencia del Tribunal?

Una de las cláusulas “de cajón” en los contratos es la de la “competencia del tribunal”.  Esta cláusula es de suma importancia, aunque no esencial, en los documentos que consignan los acuerdos, derechos y obligaciones de las partes, ya que establece la voluntad éstas en cuanto al lugar en donde una controversia deberá dirimirse.

¿Qué dice la ley al respecto?

Al respecto, las leyes procesales de los diferentes estados de México establecen que “hay sumisión expresa cuando los interesados renuncian clara y terminantemente el fuero que la ley les concede y designan con toda precisión el juez a quien se someten”.

Igualmente, el Código de Comercio establece que “hay sumisión expresa cuando los interesados renuncien clara y terminantemente al fuero que la ley les concede, y para el caso de controversia, señalan como tribunales competentes a los del domicilio de cualquiera de las partes, del lugar de cumplimiento de alguna de las obligaciones contraídas, o de la ubicación de la cosa”.

Un ejemplo…

Generalmente esto se redacta en términos similares a los siguientes:

Para el caso de controversia respecto al cumplimiento de este contrato, las partes se someten expresa e irrevocablemente a la jurisdicción y competencia de los tribunales de primera instancia ubicados en [ciudad y estado], renunciado, desde ahora, al fuero que, por razón de su domicilio presente o futuro, pudiera corresponderles”.

¿Para qué sirve?

Incluir una cláusula de este tipo en el contrato que se pretende celebrar, ya sea éste civil o mercantil, da certeza – voluntariamente acordada – a las partes respecto del lugar en donde la controversia tendría que litigarse, independientemente de las reglas generales establecidas en la ley aplicable.

Esto es conveniente ya que, en algunos casos, la regla general pudiera no ser la más cómoda para las partes.

También resulta conveniente establecer expresamente la jurisdicción cuando alguna de las partes del contrato pudiera estar en una posición de desventaja respecto de la otra parte, como cuando en un contrato de compraventa a plazo, la parte vendedora ya entregó la cosa al comprador pero el comprador no ha pagado todavía.

Así, sería recomendable que se establezca la jurisdicción que sea más cómoda para el vendedor, ya que es la parte que, en su caso, pudiera más fácilmente verse en una situación de incumplimiento por parte del comprador.

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